Comunicado de prensa - marzo 11, 2008
Ecologistas en Acción del País Valenciano, Greenpeace y WWF/Adena han instado a la Generalitat Valenciana a que suspenda de forma definitiva las obras de ampliación del Puerto Deportivo Luis Campomanes de Altea ante la Sentencia nº 1558, emitida por el TSJ de la Comunidad Valenciana que desestima el Recurso de Marina Greenwich contra la suspensión cautelar de los trabajos de trasplante experimental de matas de Posidonia oceanica y ejemplares de Nacra (Pinna nobilis) en las obras del ampliación del Puerto Deportivo Luis Campomanes de Altea.
Puerto deportivo de Altea (Alicante). Junio de 2007. Fotografía de Marilén Pont Font.
Los grupos ecologistas han demandado también a la Generalitat
que obligue a la empresa promotora de las obras de ampliación a la
restauración a su estado original de los terrenos ganados al mar,
que han supuesto una importante agresión al medio marino.
Desde el punto de vista de estos colectivos la sentencia deja claro:
1.- Que el Tribunal declara la validez jurídica de la resolución
de suspensión cautelar del trasplante de la pradera de Posidonia
oceanica.
2.- Que el Tribunal declara el fracaso del pretendido trasplante
de matas de Posidonia oceanica y pone de manifiesto la existencia
de graves contradicciones en los informes aportados por la
promotora de las obras, al tiempo que resalta la contundencia de
los informes aportados por el Instituto de Ecología Litoral que ha
actuado como organismo independiente encargado de la supervisión
del proyecto de trasplante y cuyos datos avalan las tesis
mantenidas y los informes científicos encargados a la Universidad
de Alicante por los grupos conservacionistas firmantes, demostrando
la pérdida de cobertura y densidad de los haces de Posidonia, así
como el aumento de matas muerta en la zona del trasplante,
constatando la imposibilidad de trasplantar las matas de Posidonia
oceanica.
3.- Que el Tribunal ha constatado que los trabajos del
pretendido trasplante se basan en trabajos experimentales con otra
especie, la Posidonia australiana, que nada tiene que ver en su
biología y ecología con la Posidonia oceanica, una especie endémica
del Mar Mediterráneo, catalogada como "hábitat prioritario" en la
Directiva 92/43/CEE de Hábitats de la Unión Europea y por la Ley
27/2008 de Patrimonio Natural y Biodiversidad.
4.- Que la mercantil promotora de las obras ha incumplido las
obligaciones impuestas en la Declaración de Impacto Ambiental
aprobada en agosto de 2002 que, a pesar de las alegaciones y
estudios científicos aportados por nuestras organizaciones, estimó
aceptable la posibilidad del trasplante que ahora se sentencia
judicialmente como un fracaso.
A la vista de la sentencia, Ecologistas en Acción del País
Valenciano, Greenpeace y WWF/Adena han exigido a las distintas
administraciones públicas que rechacen los trasplantes de Posidonia
oceanica como una opción válida a incluir como medida compensatoria
en proyectos que afecten al hábitat prioritario Posidonia oceanica
que, de acuerdo con la diferente legislación vigente en materia de
medio ambiente y de pesca, deberá protegerse de forma
efectiva.