Comunicado de prensa - marzo 9, 2005
Ante la inminente aprobación por parte del MAPA de un Real Decreto de Coexistencia cuyo último borrador entregado a las organizaciones firmantes garantiza que los responsables de las contaminaciones genéticas sigan inmunes, pone en riesgo el futuro de una agricultura sostenible y puede provocar una presencia irreversible de los transgénicos en la agricultura, se solicitó una reunión de urgencia con altos responsables del ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Greenpeace marca un campo de maíz con interrogantes. Si se aprueba la Directiva de Semillas, una de cada doscientas plantas sería transgénica de manera no controlada.
En la reunión, mantenida ayer con el Director General de
Agricultura, las organizaciones mencionadas hicieron entrega de un
documento de consenso en el que se recogen los aspectos básicos con
vistas a regular la coexistencia entre cultivos genéticamente
modificados, convencionales y ecológicos, sin cuyo cumplimiento
dicha coexistencia no es posible.
Entre los aspectos de mayor relevancia que contiene el documento
se encuentran los siguientes:
- Las normas de coexistencia deben garantizar que el nivel de
contaminación por OMG de los cultivos convencionales libres de
transgénicos y ecológicos sea el mínimo posible, garantizando con
ello a medio y largo plazo el mantenimiento de la agricultura no
transgénica.
- El término de coexistencia se debe entender como ausencia de
contaminación por transgénicos en producciones convencionales y
ecológicas, por tanto se rechaza el concepto que propone el MAPA ya
que éste supone la legalización de la contaminación generalizada
con el único objetivo de no sobrepasar un 0,9 % de presencia de OMG
en los alimentos al final de la cadena productiva.
- La tolerancia de presencia de material transgénico en lotes de
semillas no transgénicas debe ser el 0 técnico (actualmente 0,1 %,
es decir, el nivel de detección) para garantizar el futuro de una
agricultura libre de transgénicos. Además, se deberá contemplar la
posibilidad de establecer restricciones o requisitos específicos,
además de la regulación que se establezca con carácter general,
para las parcelas que se dediquen a las producciones y/o
multiplicación de semillas.
- El establecimiento de distancias entre campos de OMG y no OMG
deberá tomar en cuenta además de conceptos como la cercanía a
campos de OMG (existen multitud de estudios en los que se constata
contaminaciones a distancias superiores a 800 m), el tamaño y forma
de la parcela, la disposición de las parcelas, los vientos
dominantes, el relieve del terreno o la superficie sembrada con
cultivos de OMG, otra serie de factores como el potencial de
contaminación de cada especie, los resultados de ensayos de campo y
la necesidad de conseguir una contaminación cero en la agricultura
y apicultura ecológicas.
- Debe establecerse la obligación para el agricultor que quiera
sembrar semillas de OMG de declarar, con tres meses de antelación
su intención de utilizar dichas semillas y la localización de las
parcelas. Además, esta información debe ser pública, salvaguardando
en todo caso los datos de carácter confidencial establecidos
legalmente.
- Es imprescindible que se establezca un régimen de
responsabilidad donde se especifique claramente que los
responsables de la liberación al medio ambiente de los OMG, sean
los que asuman los costos económicos o de otra índole de los daños
causados, excluyendo a los agricultores que cumplan con la
legalidad.
- También se justifica el reconocimiento del derecho a las
autoridades locales y regionales de declarar su zona libre de
transgénicos, como estrategia de protección de su medio ambiente y
paisaje, su cultura y patrimonio, sus semillas y prácticas
agrícolas, su desarrollo rural sostenible y su futuro
económico.
Por todo ello, la liberación de OMG en nuestros agrosistemas
debe estar rigurosamente regulada de modo que se impidan las
contaminaciones de las producciones de los agricultores
convencionales y ecológicos. En consecuencia, las organizaciones
firmantes del citado documento solicitan al MAPA que se tomen en
cuenta todos los aspectos contemplados con vistas a regular la
coexistencia entre los cultivos modificados genéticamente, los
convencionales y los ecológicos en nuestro país.
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