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Greenpeace pide a la Junta de Andalucía que recurra ante el Supremo la sentencia que legaliza El Algarrobico

La organización insta a la Junta a derribar inmediatamente la edificación situada en un terreno de su propiedad

Comunicado de prensa - julio 30, 2014
Greenpeace considera que la Sala Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) antepone los intereses urbanísticos a la protección del medio ambiente tras conocer la noticia de la sentencia de este tribunal en la que declara legal la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Carboneras al hotel construido por Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico (Almería). La organización insta a la Junta de Andalucía a que recurra esta sentencia ante el Tribunal Supremo, ya que las organizaciones ecologistas no pueden hacerlo.

Algarrobico demolición YAGreenpeace recuerda que la Junta de Andalucía es propietaria del terreno, situado dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, y por ello puede y debe proceder a su derribo de forma inmediata. La Junta debe ejercer su derecho de retracto sobre el terreno del hotel de El Algarrobico para cumplir la sentencia (1) que así lo permite y salvaguardar la totalidad del sector urbanístico donde se asienta El Algarrobico derribando la edificación.

"La Junta de Andalucía tiene que decidir hoy si ampara los intereses privados de una constructora o si defiende al medio ambiente, que en nuestro país está por encima de los intereses urbanísticos, tal y como determina la ley", ha declarado María José Caballero, directora de Campañas de Greenpeace.

La organización subraya la extrañeza que le provoca que esta sentencia haya sido emitida por la Sala Tercera del TSJA, cuando todos los casos relacionados con el hotel ilegal han sido tratados por la Sala Primera de este tribunal. Se trata de la misma Sección del TSJA dónde se dio un giro de 360 grados a la historia del hotel ilegal, cuando el juez Toledano dictaminó que el suelo donde se asienta el hotel era urbanizable (2).


NOTAS:

(1) El TSJA, a través de la sentencia firme de fecha 7 de octubre de 2013, correspondiente al Recurso 2092/2006, y las sentencias de fecha 10 de diciembre de 2013, correspondientes a los Recursos 2016/2006 y 2017/2006 acuerda ser conforme a derecho la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de 26 de septiembre de 2006, por la que se acuerda la adquisición a la empresa Azata S.A., mediante el ejercicio del derecho de retracto, de determinadas fincas pertenecientes al Sector S-T1 denominado ?El Algarrobico?, en el término municipal de Carboneras (Almería), así como a designar el Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería para que en nombre de la misma formalice las escrituras de compraventa o, en su defecto, Acta de Pago y Ocupación y demás documentación necesaria hasta la inscripción de las fincas en los registros pertinentes.

(2) Tras cinco años de tramitación judicial del pleito sobre la invasión del hotel del Parque Natural en contra de lo establecido en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), para dictar esta nueva sentencia se trasladó el procedimiento de la Sección Primera a la Sección Tercera del TSJA, sin justificación alguna. Precisamente es la Sección Primera la encargada en tramitar los recursos referidos al medio ambiente y donde se habían tramitado, hasta ahora, los 28 recursos contra el PORN. Greenpeace no pudo recurrir el cambio de sección, lo que vulnera el artículo 24 de la Constitución, ya que la sentencia declarando el suelo como urbano se ha emitido antes de que se agotara el plazo para recurrir.



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