Greenpeace presentó ayer un recurso legal ante el Ministro de Industria, Comercio y Turismo, Miguel Sebastián, en el que le reclama que adopte las medidas oportunas y requiera a la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), Carmen Martínez Ten, para que proceda a constituir de forma urgente el Comité Asesor para la información y la participación pública sobre seguridad nuclear. Ello en cumplimiento del mandato contenido en la Ley de Ley 33/2007, de 7 de noviembre, de reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear y en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Greenpeace han logrado instalar un contenedor de resistencia en la entrada principal de la central nuclear de Garoña (Burgos)
La Ley 33/2007, en su artículo 15 establece la creación de
este Comité Asesor, cuya misión será emitir recomendaciones al
CSN para mejorar la transparencia, el acceso a la información y la
participación pública en las materias que son de su competencia.
Entre los miembros del Comité Asesor debe haber un representante a
propuesta de cada una de las dos organizaciones ecologistas de
mayor implantación en el Estado. La propia Ley 33/2007 establece
que este Consejo Asesor es un mecanismo de participación de gran
relevancia.
El Ministro de Industria y la Presidenta del CSN deberían haber
puesto en marcha hace más de un año el citado Comité Asesor
sobre seguridad nuclear y por tanto están vulnerando de forma
clara la Ley 33/2007. Ésta, en su Disposición final primera,
establece que el Gobierno, en un plazo máximo de nueve meses a
contar desde la fecha de entrada en vigor de esta Ley (el 8 de
noviembre de 2007), aprobaría la modificación del Estatuto del
Consejo de Seguridad Nuclear. Es decir, el 8 de agosto de 2008. La
aprobación de este nuevo Estatuto automáticamente activaría el
funcionamiento del Consejo Asesor.
Teniendo en cuenta que la función del Comité Asesor es emitir
recomendaciones al Consejo de Seguridad, al no haberse constituido
el mismo y por ende, no poderse hacer esas recomendaciones, los
acuerdos del Consejo de Seguridad Nuclear están adoptándose al
margen de la participación de la sociedad, e incumpliendo lo
previsto en la citada Ley de seguridad nuclear.
Todo ello conlleva que las decisiones y acuerdos del CSN se
estén adoptando sin conocer las recomendaciones del Comité
Asesor, cuando no cabe duda de que esas recomendaciones deben
servir para conformar el contenido de las mismas.
"Congelando la creación del Comité Asesor, el Ministro de
Industria y la Presidenta del CSN han impedido de facto que los
grupos ecologistas conocieran de primera mano información
relevante sobre los problemas de seguridad de Garoña y sobre el
escape radiactivo de Ascó-1", ha declarado Carlos Bravo,
responsable de la campaña de Energía de Greenpeace.
"Desde el inicio de sus mandatos, Carmen Martínez Ten y Miguel
Sebastián no han dado ningún paso, salvo los puramente
cosméticos, para aplicar los cambios que la Ley 33/2007 introdujo
en pro de una mayor transparencia e independencia del CSN.
Greenpeace les exige que abandonen la retórica y hagan de una vez
una verdadera política de transparencia y participación pública
en materia de energía nuclear", añadió Bravo.
Con respecto a Garoña, la actuación poco transparente del CSN
ha impedido conocer por qué este organismo emitió el pasado 5 de
junio, envuelto en un gran secretismo, su dictamen favorable a la
continuidad de la central nuclear, a pesar de que ésta había
incumplido varios de los requisitos que el CSN previamente les
había exigido para prorrogarle la licencia: la substitución del
cableado eléctrico y solventar los reiterados problemas de la
ventilación de emergencia de la contención.
Por otro lado, el CSN aún debe decir la verdad sobre el
accidente en la central Ascó-1, que se mantuvo oculto a la
opinión pública hasta que Greenpeace lo desveló el 5 de abril de
2008, tras recibir la información por parte de los trabajadores.
La cantidad total de radiactividad emitida en este accidente, entre
otras cuestiones, aún no ha sido dada a conocer por el CSN.
Martínez Ten debe explicar además por qué el CSN no actuó
inmediatamente cuando la Red de Vigilancia Radiactiva Ambiental
(REVIRA), que el CSN gestiona en Cataluña conjuntamente con la
Generalitat, detectó de forma clara el escape radiactivo de
Ascó-1. Las sondas de detección de la REVIRA del CSN y la
Generalitat detectaron con total claridad la fuga, incluso en
sondas separadas decenas de kilómetros entre sí.
El Preámbulo de la Ley 33/2007 no deja lugar a dudas (ver
NOTAS, más abajo). Como en éste se dice expresamente, uno de los
objetivos prioritarios de la Ley es el acceso y la participación
de tal forma que la sociedad en su conjunto pueda intervenir y
participar en las cuestiones relativas a la seguridad nuclear. Para
ello se establecen varios cauces y un Comité Asesor sobre estas
cuestiones. Pero es que además la Ley recoge en varios artículos
esos derechos de participación y la forma de canalización de los
mismos, entre otros, a través del Comité Asesor.
El Consejo de Seguridad Nuclear se encuentra sometido al igual
que las administraciones públicas a la Ley y al Derecho en virtud
de lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Española,
y el incumplimiento de la obligación de creación del Comité
Asesor lesiona gravemente los derechos de participación
reconocidos en la Ley.
Además al no haberse creado el Comité Asesor de Seguridad
Nuclear no solo se priva de un cauce de información a la sociedad,
sino que también se le está privando de las recomendaciones que
le corresponde emitir al mismo tal y como se reconoce en la
Ley.