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Las organizaciones ecologistas exigen al PSOE y PP que eliminen el blindaje a las construcciones ilegales

Comunicado de prensa - octubre 19, 2015
· Un cambio normativo hace casi imposible demoler las edificaciones ilegales.

· Se trata de una modificación de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, promovida por el PSOE, que exige numerosas condiciones para ejecutar la demolición.

· Las principales organizaciones ecologistas españolas lamentan el fortalecimiento de la impunidad y el obstáculo a la lucha contra la corrupción que supone esta nueva norma.

 2014-05-12. ACCIÓN: 100 activistas de Greenpeace pintan un punto negro de 8.000 m2 en el hotel ilegal de El Algarrobico para exigir su desmantelamientoinmediatoEs la sexta accio?n de Greenpeace en el hotel. La organizacio?n exige a la Junta de Andaluci?a y al Ministerio que devuelvan este paraje natural a los ciudadanos© GREENPEACE HANDOUT/PEDRO ARMESTRE- NO SALES - NO ARCHIVES - EDITORIAL USE ONLY - FREE USE ONLY FOR 14 DAYS AFTER RELEASE - PHOTO PROVIDED BY GREENPEACE - AP PROVIDES ACCESS TO THIS PUBLICLY DISTRIBUTED HANDOUT PHOTO TO BE USED ONLY TO ILLUSTRATE NEWS REPORTING OR COMMENTARY ON THE FACTS OR EVENTS DEPICTED IN THIS IMAGEEl 1 de octubre entró en vigor la Ley Orgánica 7/2015 por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial. En su Disposición final tercera, se modifican varios artículos de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Entre ellos, el artículo 108 que establece el régimen de ejecución de sentencias que declaran la ilegalidad de una construcción y ordenan la demolición, cuando el responsable es la administración.

Las obras urbanísticas se realizan porque una administración las autoriza. Estas autorizaciones se pueden recurrir ante los juzgados o tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Pero el trámite es largo y caro, una sentencia firme puede tardar al menos cinco años. Mientras tanto, las obras pueden realizarse y el inmueble ponerse en uso o venderse.

En cuanto a los gastos, el recurrente debe afrontar el coste del procedimiento (abogado, procurador, peritos, tasas si fuera el caso, etc.) y, en caso de perder, será condenado en costas (abonar los gastos de la parte contraria). Si a pesar de estos obstáculos una organización ecologista o un particular se anima a recurrir una ilegalidad urbanística y logra una sentencia firme que lo reconozca, debe enfrentarse a la ejecución de sentencia y presentar un incidente de ejecución. Se trata de un proceso tan largo o más que el recurso, agravado por el hecho de que la administración suele modificar el planeamiento urbanístico o incluso aprobar nuevas normas a medida para legalizar lo declarado ilegal. Hay muchos ejemplos: la nueva Ley de Suelo de Extremadura para “ legalizar" la urbanización Marina Isla Valdecañas, en Cáceres, o la Ley de Ordenación del Territorio y del Régimen Urbanístico aprobada por Cantabria en 2011, y que suspendía varias sentencias de demolición.

Este complejo contexto hacía muy difícil conseguir una demolición, como han comprobado reiteradamente las organizaciones ecologistas. Pero ahora, la nueva redacción del artículo 108, promovida por una enmienda del PSOE en el Senado, lo convierte en misión casi imposible. A partir de ahora no será suficiente que la sentencia declare la ilegalidad de un inmueble construido, sino que además tendrá que "ordenar motivadamente la demolición del mismo". Hasta ahora se aplicaba la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual la “demolición" era un "pronunciamiento implícito" al declarar ilegal una obra.

Pero aún en el caso de que la sentencia se exprese en los términos requeridos, antes de ordenar la demolición, "el Juez o Tribunal exigirá, como condición previa a la demolición […], la prestación de garantías suficientes para responder del pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe".

Es decir, para derribar un inmueble ilegal con orden de demolición, previamente será necesario asegurar la indemnización de terceros, pero si no se logran las garantías suficientes no se procederá al derribo. De esta forma se establece la obligación de fianza para salvar un derecho privado de terceros, a cambio de sacrificar el interés y derecho de todos, pues el urbanismo es una función pública, donde si algo es ilegal es porque perjudica al interés de todos.

Pero, además, el nuevo artículo no indica quién debe prestar esa fianza ni hacerse cargo de las indemnizaciones, por lo que el Juez o Tribunal deberá determinarlo previamente y en cada caso, al tiempo que igualmente deberá averiguar si los terceros afectados por la demolición lo son de buena fe, esto es, si compraron sin conocer que lo construido era ilegal. En caso contrario, no se procederá a la indemnización.

Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF consideran que todos estos trámites solo servirán para complicar y alargar de forma desmesurada los procesos de demolición de obras ilegales, haciendo casi imposible que se lleven a término. Y esta imposibilidad de demoler las construcciones ilegales solo fortalece la sensación de impunidad de quienes vulneran las leyes urbanísticas, al tiempo que obstaculiza la lucha contra la corrupción.

Estas organizaciones lamentan que esta reforma provenga del PSOE, un partido que se ha comprometido públicamente a luchar contra la corrupción y los delitos urbanísticos, ya que esta medida va en la dirección opuesta y solo puede favorecer a administraciones cómplices y a empresas que se han lucrado con la destrucción ilegal de nuestro patrimonio natural. Por ello, exigirán a PSOE y PP, como promotores de esta medida, su reforma inmediata en caso de formar nuevo gobierno.

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