Este sitio usa cookies. Si continúas navegando estás aceptando su utilización. Más información

Greenpeace considera inconstitucional la modificación del plan de ordenación de los recursos naturales del Cabo de Gata-Níjar

La organización ecologista ha presentado sus alegaciones, en las que considera que la modificación que pretende aprobar la Junta de Andalucía es contraria a derecho e infringe el ordenamiento vigente, vulnerando los artículos 24 y 45.2 de la Constitu...

Comunicado de prensa - enero 31, 2006
Greenpeace ha presentado hoy un documento que recoge diez alegaciones al Proyecto de Decreto que trata de modificar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. En ellas, se opone completamente a la tramitación de esta modificación por considerarla contraria a derecho al infringir el ordenamiento vigente en cuanto a cuestiones de legalidad, oportunidad jurídica y contenido. Además, el nuevo texto ni ha tomado en consideración ni da respuesta a los problemas físicos y jurídicos que existen en la actualidad en el Parque, ni los que puedan darse en el futuro.

Activistas de Greenpeace ocupan el hotel que se construye ilegalmente en el parque natural de Cabo de Gata para pedir su demolición. Descargar imagen en alta resolución

En la primera de sus alegaciones, Greenpeace explica que el proyecto de Decreto del PORN y PRUG del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar vulnera el artículo 24 de la Constitución Española por su falta de legalidad y oportunidad jurídica y el artículo 45.2 al no cumplir con el fin de defender y restaurar el medio ambiente y proteger los recursos naturales. Además, el hecho de que la Consejería de Medio Ambiente pretenda otorgar al texto del PORN una vigencia indefinida implica una vulneración del principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 9.3 de la Constitución Española.

El nuevo Decreto propuesto vulnera igualmente la Directiva 92/43/CEE de Hábitats, que establece que cualquier modificación que se produzca en espacios con un elevado grado de protección debe ser sometido a una adecuada evaluación del impacto de las repercusiones de dicha modificación. El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar goza de varias figuras de protección europeas, es Zona de Especial Conservación para las Aves (ZEPA) y Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), además se encuentra pendiente de su más que probable declaración como Zona de Espacial Conservación de la Red Natura 2000. Según la Directiva de Hábitats, cualquier modificación en uno de estos espacios protegidos debe ser evaluada convenientemente, a pesar de lo cual el nuevo texto no contiene ningún tipo de evaluación que asegure que no se van a causar perjuicios a la integridad del Parque Natural. De igual forma, esta evaluación debe comunicarse a las autoridades nacionales competentes en la materia, el Ministerio de Medio Ambiente, quien debe emitir su aprobación, algo que parece que tampoco se ha hecho.

  "El texto que ahora propone la Consejería de Medio Ambiente parece una cortina de humo para no ejercer las competencias en materia de conservación, protección y defensa del medio ambiente y los recursos naturales. "Es escandaloso que la Junta de Andalucía siga permitiendo que se construya el hotel de El Algarrobico en terrenos no urbanizables y venga a hablarnos de protección", ha declarado María José Caballero, responsable de la Campaña de Océanos y Costas de Greenpeace.

Greenpeace considera que el texto vulnera, además, tres artículos de la Ley 4/89 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres. Por un lado, el artículo 4.4.B exige que cualquier PORN incluya una previsión sobre la evolución futura del espacio protegido que no figura en el nuevo texto. Por otra parte, se vulnera el artículo 4.4.C ya que el nuevo PORN no incluye las limitaciones específicas a los usos y actividades que han de establecerse en cada zona. Por último, se vulnera el artículo 7.1 de la Ley 4/89 que establece que durante la tramitación del plan de ordenación no pueden realizarse actos que "supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consescución de los objetivos del plan". En este caso, no sólo se ha permitido construir ilegalmente el hotel de la playa de El Algarrobico, sino que además, el nuevo texto (tanto el del PORN como el del PRUG) no contienen ninguna previsón al respecto.

Uno de los puntos que más han llamado la atención de la organización ecologista ha sido el elevado desarrollo urbanístico previsto en el nuevo PORN, algo totalmente incompatible con el alto grado de protección otorgado al parque natural. Este desarrollo es contrario a la definición del Parque Natural contenida en el artículo 13 de la Ley 4/89 que establece que el objetivo del PORN es limitar el aprovechamiento de los recusos naturales, incluso prohibiendo aquellos usos que sean incompatibles con las finalidades que determinaron su creación.

Greenpeace ha solicitado una reunión con el presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, para trasmitirle la preocupación ante una política que relega el cuidado del medio ambiente en favor de un desarrollo urbanístico insostenible, siendo el ejemplo más destacado su actitud ante el hotel de El Algarrobico.

Por último, Greenpeace considera incorrecta la tramitación conjunta del PORN y del PRUG, ya que este último debe regular con detalle lo que prevé el PORN, y si éste no ha sido aprobado, difícilmente podrá adecuarse el plan rector de uso y gestión al plan de ordenación, algo que ha sido refrendado por varias sentencias judiciales.

Etiquetas